Tolerancia religiosa en Guadalajara. Sepulturas francesas en el Panteón de Mezquitán


“Tolerancia religiosa en Guadalajara. Sepulturas francesas en el Panteón de Mezquitán.”

Isabel Eugenia Méndez Fausto (Universidad de Guadalajara):
isamendez@prodigy.net.mx

(Trabajo presentado en el X encuentro de la RIFREM, Tempe Arizona, 31 de mayo al 2 de junio de 2007)

La Iglesia tapatía aplicó durante el siglo XIX un doble criterio moral- económico para resolver el destino sepulcral adecuado para los diferentes fieles, ya difuntos. Por la aplicación del criterio moral la Iglesia excluyó de los lugares benditos o cristianos, a los infieles, apóstatas, herejes, suicidas, briagos consuetudinarios y no bautizados. La calificación moral de los extranjeros no católicos, por lo tanto, los situó dentro de más de uno de los rubros negativos anteriores; como sucedió por ejemplo con el ciudadano francés Carlos Florence a mediados del siglo XIX. En cambio los pobres fueron excluídos únicamente por falta de recursos económicos.
De manera contemporánea al caso anterior, los entierros de todas las personas excluídas del entierro cristiano fueron destinados al patio de los pobres, al camposanto de la capirotada, al corral de la mora, al gallinero, o también asi llamado, segundo patio de Belén, porque recibió todos esos nombres despectivos. Los excomulgados entonces, compartieron este humilde espacio con los fieles pobres que morían en la ciudad o en el hospital anexo.
Las autoridades civiles que impulsaron la secularización se propusieron darles un lugar digno de sepultura a las personas excluídas de los camposantos cristianos, cualquiera que fuera el motivo de su exclusión, tanto si fue por “buenos motivos, [o] a veces también por rastreras y viles pasiones”. Al respecto del tratamiento funerario de los extranjeros, la segunda mitad del siglo XIX recorrió la mayor distancia ideológica, al pasar de destinarlos de un cementerio en desuso, a la de concentrarlos en áreas especiales al lado de toda la sociedad urbana. Al colocarlos en un panteón higiénico, moderno y dotado de todos los beneficios contemporáneos, incluyendo las ventajas sociales del prestigio, y las estéticas y arquitéctonicas de la solemnidad y del respeto debido a los muertos impulsadas por el Estado.

S1.- Un sepulcro francés en el sitio profano de Belén.
A lo largo del siglo XIX, la Iglesia de Guadalajara impuso un doble criterio económico -moral, para arbitrar la admisión de los fieles en los espacios funerarios benditos por ella; y se mostró, extremadamente intransigente tanto para permitir el acceso de los fieles sin que satisfacieran los costos establecidos, como para conceder la admisión de individuos no católicos en los camposantos. Ante esta conducta eclesiástica inflexible, a los residentes extranjeros no católicos, solo les quedaron las opciones, de convertirse o aceptar las sepulturas profanas reservadas a los protestantes.

S2.- Efectivamente, el sistema funerario colonial y decimonónico tapatío destinó a los difuntos a tres lugares distintos de entierro; esos lugares fueron el interior de las iglesias, el exterior o camposanto, llamado así por ser un lugar bendito, y un lugar o área profana “fuera del camposanto” para entierros de excluidos.
En Guadalajara, durante el siglo XIX el tratamiento funerario de los excomulgados fue infame en el sentido de impedir la fama, o el recuerdo de los réprobos. El entierro de todos ellos a diferencia de los efectuados en la iglesia o en el camposanto, no se consignaban en los libros parroquiales, y desde fines del siglo XVIII, no hubo interés siquiera de mencionar el nombre del establecimiento que los albergaba, no obstante que la Iglesia controló el destino funerario de toda la población, y decidió en base a su conducta, su entierro en iglesias, camposantos, o lugares profanos hasta bien avanzado ese siglo.
Los intestados, los paganos, judíos, herejes, y sus partidarios cismáticos, apostatas, excomulgados y suicidas, quedaban excluidos del entierro cristiano, según la reglamentación dada para Nueva España durante el siglo XVI.[1] En el caso de los extranjeros era muy posible que la Iglesia tapatía los ubicara por sus condiciones, en más de alguna de las conductas negativas anteriores, por lo menos así ocurrió con el ciudadano francés S3Carlos Florence,[2] porque a su muerte fue acusado de manera simultánea como hereje y suicida. El suicidio por si mismo fue una causa que podía deliberarse para efecto de evitar la exclusión de un camposanto. Tanto porque en esa época se pensaba que el suicidio podía no ser un acto premeditado por el fiel, sino producto de un ataque momentáneo de locura,[3] o también porque siendo bien premeditado, podía tratarse de un homicidio, y no de un suicidio propiamente.[4]
Después de transcurrido un año se concluyó afirmativamente sobre la premeditación del suicidio de Florence, certeza que emergió a través de la inspección de las cartas póstumas que escribió, y las autoridades probaron por esos mismos escritos la fama de herejía pública que precedía al difunto. En el proceso por sepultura eclesiástica el factor de la herejía o ignorancia religiosa de Florence, se convirtió finalmente, en prueba de su premeditación suicida y en agravante de su conducta moral. En razón de que se le condenó invocando las argumentaciones del capítulo 11o de Sepulturis, y de que se hallaba depositado en un lugar profano en Belén, se le libró orden al administrador para que lo dejara ahí definitivamente.
Es obvio que suicidas y herejes no ocuparon generalmente ninguna de las instalaciones funerarias del primer patio de Belén, joya arquitectónica que hoy tanto admiramos, sino que fueron destinados a las sepulturas de su segundo patio, porque enmedio de enfermos pobres, delincuentes, insolventes, epidemiados, locos, no bautizados, y otros excluídos como ellos, encontraron su lugar más adecuado.
S4El segundo patio de Belén, el patio de los pobres, el camposanto de la capirotada, el gallinero, el corral de la Mora , que todos esos fueron los nombres despectivos con que se ha reconocido ese humilde espacio-. fue arrasado a mediados del siglo XX, precisamente con la justificación del anonimato e indiscriminación de sus tumbas, y ese, era exactamente el propósito de la exclusión, la infamia, la falta de fama, el olvido social de todos esos personajes extraviados, y de esas vidas nada edificantes.

Dos consecuencias de la intolerancia religiosa practicada en Belén.
El hoy llamado panteón de Belén es el escenario en que mejor puede ejemplificarse el desarrollo del proceso de secularización de los cementerios en Guadalajara, porque los pobres, epidemiados y excomulgados que embarazaron el sistema funerario tradicional practicado en los sitios céntricos, consolidaron la primera etapa de la secularización al trasladarse al patio de los pobres de Belén extramuros, y la completaron los ricos, quienes desearon descansar en las estructuras formales del segundo patio, llamado de dignidad. Como consecuencia, en Belén se resolvió anticipadamente el carácter de las reglas de funcionamiento de los cementerios municipales que surgieron con posterioridad.
S5 El sitio provisional de Belén surgió en 1786 por impulso de la Real Audiencia, se mejoró con la construcción del llamado camposanto de Belén, y se inauguró como cementerio general en 1829; estas tres secciones antiguas compusieron el patio de los pobres. Las tres primeras áreas de Belén se completaron para ponerse al servicio de toda la sociedad, con la construcción de un segundo patio de dignidad, largamente planeado, que solo se consolidó después que las instalaciones pasaron en 1842 a manos de la Iglesia.
La autoridad eclesiástica autorizó los túmulos y capillas familiares en ese patio, edificó las dos únicas alas de gavetarios en los flancos norte y poniente, y concluyó la capilla central de estilo egipcio que hasta ahora lo identifica. La majestuosidad de este elemento arquitectónico, cautivó el imaginario tapatío su contemporáneo, que nombró así –del Sarcófago-, a la calle que bajaba en perpendicular a la entrada de este nuevo recinto.S6

Después de la culminación de la primera etapa en la construcción del Panteón de Belén, conseguida por 1848, en la que se habilitaron las dos galerías con gavetarios y la capilla central, las obras no avanzaron sino un poco más con la apertura de cimientos para nuevas galerías en los dos lados restantes del Panteón,[5] en ese punto se suspendieron las obras. Una nueva disposición del gobierno federal, prohibió a partir de 1848, la intervención de la Iglesia en la construcción de los lugares funerarios.[6]S7
La Iglesia no solamente abandonó las obras del Panteón de Belén a mitad de su desarrollo, sino que se descuidó también de manera inmediata de su mantenimiento, cuanto y más que este establecimiento salió temporalmente de sus manos. Entre 1862 y 1865 lapso en que Belén estuvo a cargo de la autoridad civil, -la local, y la francesa, hegemónica ésta última durante la intervención-, se admitieron para su entierro algunos soldados franceses en el recinto.
La admisión de extranjeros que podían ser o no buenos creyentes era delicada, y el abuso de su admisión se protestó doblemente, primero por parte de la Iglesia que indicó la profanación contemporánea de la capilla,
[7] y después por el encargado de Belén, quien advirtió a las autoridades de la necesidad de señalar un lugar apropiado para entierro de los franceses.
S8 Al igual que otros extranjeros ya integrados a la sociedad tapatía por matrimonios, negocios o relaciones sociales, los soldados franceses Archimbault y Corneille Roudet fueron enviados a Belén. Se afirma que ellos ocuparon las gavetas 11 y 12 del gavetario norte de Belén, en atención a sus méritos. Ya que las gavetas fueron proporcionadas, “como un homenaje a los importantes servicios que estos oficiales prestaron al Imperio [y s]e [ha] tenido a bien acordar se respeten esas localidades que conceda gratis y a perpetuidad a dichos restos, disponiendo V., conste así en los registros de este establecimiento que es a su digno cargo.”
[8]
José María Cañedo y
Vicente Romero los primeros encargados de cementerios de la ciudad en Guadalajara, actuaron como activos intermediarios entre los dolientes demandantes del servicio funerario de Belén y las autoridades. Las soluciones que se formularon ante las inquietudes y deseos de los dolientes, puntualizaron aspectos en la práctica de las inhumaciones que no se habían reflexionado anteriormente, y facilitaron la formación posterior de reglamentos formales para la regulación de los cementerios.
S9 Por este motivo resultó normal que ante esta nueva necesidad, Vicente Romero pusiera a consideración de las autoridades superiores, la autorización para que el abandonado cementerio de Mexicaltzingo o también llamado del Agua Escondida, se abriera en general para sepulturas de los diversos cultos.
[9] Reflexionaba que por este recurso se atendería esa necesidad inmediatamente, ya que sería fácil despejar este establecimiento exhumando los contados cuerpos sepultados en el lugar. Aunque creemos, que la propiedad particular de los vecinos sobre el terreno del camposanto del Agua Escondida, y la condición de que se reservara para ese uso exclusivo, anticipó al encargado de cementerios la respuesta negativa que recibiría su propuesta, razón por la cual la retiró inmediatamente.
Estamos seguros que si entre 1862 y 1865 hubo alguna transgresión del criterio de selección moral en Belén, ejecutada en la admisión excepcional de algunos soldados franceses de otro credo en un recinto exclusivamente católico, esta se canceló al retornar la administración a manos eclesiásticas en 1865, ya que en 1890 con motivo de la ceremonia de exhumación de los restos del patriota Epigmenio González,
[10] se afirmó la traslación de sus restos desde el patio de los protestantes, también llamado el gallinero, al sarcófago o capilla principal de Belén, señal de que los franceses no convertidos se siguieron enviando a ese sitio profano después de 1865.

Tolerancia religiosa en Guadalajara.
Las Sepulturas Extranjeras del Panteón de Mezquitán.

El panteón de Mezquitán fue el primer cementerio municipal de la ciudad de Guadalajara y aún continua en funciones. Se inauguró hace más de un siglo, en el mes de noviembre del ya lejano año de 1896. Para poder utilizarlo cercanamente, las autoridades civiles que fueron sus promotoras se aplicaron con premura en su construcción, deseosas de clausurar el servicio del panteón de Belén, entonces repleto, aquejado de malos olores y constituido en un grave riesgo higiénico para el vecindario de sus alrededores y para la salubridad de toda la ciudad.
[11]
S10Con la apertura del extenso panteón de Mezqúitán, también fue posible suplir los servicios funerarios proporcionados por la actuación de los tres restantes cementerios cuartelarios, los que situados al momento de su fundación en los cuatro ángulos de la urbe tapatía, le habían proporcionado sepulturas a sus habitantes, desde 1780 y hasta ese señalado año, aunque entonces ya se encontraban plenamente integrados al tejido urbano.
[12]
El panteón de Mezquitán al constituirse en un cementerio general, nació con la vocación de ofrecer todas las calidades de entierro que la totalidad de los pobladores de la ciudad demandaban en los albores del siglo XX.Siendo así, podemos considerar que la sección original del panteón de Mezquitán abierta en 1896 con sus distintas categorías de sepultura, reprodujo los distintos tramos o calidades con que contó integralmente el panteón de Belén, razón por la que este último resultó mejor conocido con el revelador nombre de los camposantos de Belén.
[13]
S11Aunque debemos señalar también la mayor diferencia arquitectónica entre ellos, ya que en Mezquitán se exceptuó el uso de los característicos columbarios o nichos que estaban alojados en los muros del primer patio de Belén, porque al momento de su clausura fueron las secciones más directamente señaladas por los higienistas de representar un serio riesgo sanitario.
[14]
S12Las sepulturas suntuarias de Mezquitán, sus túmulos y capillas, enmarcadas por la amplitud del establecimiento, el terraplenado del sitio, la formalidad de sus sepulturas, la solemnidad de su pórtico, la elevación de su acceso, la elegante saliente arquitectónica de la estructura administrativa, la dotación de servicios higiénicos; así como las fuentes, el arbolado y las sólidas y estéticas separaciones entre categorías, -sobre todo estas últimas-, permitieron una pacífica convivencia social entre todos los deudos.
[15]
Porque en Mezqúitán ocurrió por primera vez no solamente la coincidencia en un mismo lugar de todas las clases sociales, sino también la sepultura sistemática de los extranjeros, sin que éstos tuvieran forzosamente que convertirse al catolicismo. Ya que en Mezqúitán se admitieron libremente sus sepulturas, en las secciones americana, alemana y francesa, que fueron autorizadas desde sus inicios.
A partir de los casos que hemos expuestos anteriormente, podemos concluir que durante el siglo XIX las autoridades civiles y eclesiásticas siguieron unidas en la cooperación que les impuso la corona española desde mediados del siglo XVIII. En esta simbiosis, el papel determinante lo ejerció la Iglesia, mientras que los gobiernos civiles en sus distintos niveles estuvieron obligados a prestarle apoyo en dos renglones únicamente, al indicarles los sitios donde debían ubicarse los nuevos cementerios higiénicos que les solicitaba la corona, y al apoyarlos económicamente con los recursos que tuvieron.
En atención a la labor de apoyo que debía prestar a la Iglesia, la Real Audiencia primero. y el gobierno estatal después, desarrollaron en Guadalajara, el espacio funerario de Belén que integró sucesivamente diversas áreas, todas las que fueron necesarias para atender las necesidades integrales de la sociedad, pero principalmente las de los grupos que complicaron el sistema funerario tradicional. Porque como hemos dicho, al sitio provisional y profano en que se enterraron los pobres, las víctimas de las epidemias y los excomulgados que fueron los primeros grupos excluídos de los espacios funerarios céntricos, pronto se le sumó una área formal y bendita, que fue propiamente el camposanto de Belén, y la sacralización y dignificación de ese espacio justificó su inclusión en los registros parroquiales del Santuario, iglesia principal de su jurisdicción.
Porque a lo largo de la mayor parte del siglo XIX la autoridad civil, no solo no protestó el criterio moral impuesto por la Iglesia sino que lo respetó; y solamente habilitó, obligado por razones higiénicas, los espacios funerarios urbanos que fueron necesarios para resolver las necesidades de las capas de la sociedad, excluidas de los camposantos formales.
Además de habilitar los lugares necesarios para la atención de esos grupos, el gobierno civil intervino desde las primeras constituciones estatales, reclamando el patronato de la Iglesia, para poder contribuir a la regulación y moderación de los aranceles parroquiales, insistiendo en diversas ocasiones para rebajar la tarifa de los derechos por inhumaciones. Ante la radicalización de la postura eclesiástica, las diversas instancias del gobiernos también se radicalizaron, protestando esencialmente, el derecho que tenía la Iglesia para realizar el cobro de los entierros, porque como aún se recordaba del derecho canónico antiguo, la Iglesia solamente tenía el privilegio de cobrar los sacramentos festivos, y se reclamaba que a la Iglesia no le competía el privilegio de lucrar con la necesidad social en un momento de dolor sentimental y de urgente necesidad funeraria.
En orden a la regulación de los cobros por inhumaciones, el gobierno tuvo por lo menos otras intervenciones cardinales después que solicitó la cancelación de todos los cobros parroquiales por defunciones, y la prestación gratuita de este servicio. Se empeño en establecer un criterio de insolvencia o pobreza, para definir los grupos sociales que debían quedar exentos de pagos funerarios, se exigió que la tarifa de cobros o aranceles, estuviera disponible en todos los curatos, y a la vista de los interesados. Se consiguió de la Iglesia que en situaciones de crisis sanitaria sobre todo, se admitieran entierros gratuitos, por lo menos en un determinado porcentaje de la población, y cuando la Iglesia no respetó estas peticiones o esos acuerdos, el gobierno se arrogó el derecho de ejecutarlo así, en beneficio de toda la sociedad.
El gobierno estatal en Jalisco, no protestó el criterio de selección moral de la Iglesia, ni siquiera en defensa de nuestros primeros heroes, podemos decir que fue porque aún no eramos un país independiente, aunque tampoco lo hizo, cuando el cuerpo tratado indignamente fue el de nuestro primer gobernador del estado. Porque durante algo así como veinte años, el cadáver de Prisciliano Sanchez, rodó por todo Belén, pasando del sitio profano, a palacio de gobierno, de nuevo a la capilla de Belén, y finalmente al convento de la Merced, donde ya no pudo localizarse. El insurgente Epigmenio González corrió con mejor suerte, ya que en 1890, pudo ser extraído del sitio profano de Belén para rendirle homenaje, como ya hemos comentado.
En la administración del Belén integral, es decir ya completo, con sus dos patios en funcionamiento, tanto el de los pobres como el de dignidad, que es el que todavía perdura, se alternaron ambas autoridades, y también en la construcción de sus diversas áreas,y aunque cada una proyectó destinar la capilla central al entierro de sus representantes, porque se planeó tanto como panteón canónigo, como panteón nacional para dar albergue a todas las dignidades eclesiásticas o a los patriotas estatales, ninguno de esos dos grupos descansa ahí, porque como resultado de esa álgida confrontación, ambos grupos se excluyeron mutuamente de ese privilegio.
También como consecuencia, Belén quedó incompleto porque la legislación federal le impidió a la Iglesia tapatía que concluyera las dos alas restantes de nichos, desde 1848. Y desde entonces, cada autoridad planeó por separado no solo el tipo de establecimiento que fundaría, sino también el nombre adecuado que les daría para diferenciarlos de los edificados por su contraparte. A lo largo de los años que siguieron a la declaración de las Leyes de Reforma tanto la Iglesia como el Estado –estando ambas autoridades interesadas en el dominio integral de esos espacios-, pudieron especular sobre la construcción en solitario de nuevos establecimientos funerarios, y en el intento aún se atrevieron a adelantar los nombres respectivos que les darían. La Iglesia se refirió a ellos como cementerio eclesiástico general, panteón eclesiástico general, cementerio general de la Iglesia, cementerio o panteón canónico, subrayando sus características religiosas.
[16] Mientras que el gobierno civil los llamó necrópolis, panteones laicos, o campos mortuorios.[17]
La inconformidad por la negación de sepultura gratuita a los pobres no acabó con la emisión de la ley de Reforma respectiva, pues dos años más tarde Melchor Ocampo volvía sobre el tema, “que a veces el miserable sea asimilado con el excomulgado, y que como a éste, tan solo por ser pobre, se nieguen unos cuantos pies de tierra para que siquiera allí descanse, es cosa que no debe seguir sufriéndose [ni] el increíble pero cierto cinismo con que dicen, cómetelo, a quien necesitaba ayuda y consuelo.”
[18]
Es hasta este momento que el gobierno se propone construir cementerios nuevos con una total independencia administrativa de los eclesiásticos, el presidente declara entonces la conveniencia de realizar esos proyecto, pues reconoce que la situación no podría remediarse si el gobierno civil no tuviera necrópolis, panteones laicos, o campos mortuorios en donde sepultar los cadáveres de los habitantes. Y señala que, “A tales lugares deberán ir o irán todas aquellas personas a quienes el clero niega la sepultura eclesiástica, a veces por buenos motivos, a veces también por rastreras y viles pasiones.”
[19]
La aspiración romántica de los liberales anticlericales del siglo XIX se realizó finalmente, en los establecimientos secularizados se cancelaron las diferencias religiosas e ideológicas defendidas en vida por los ahora difuntos, pero las diferencias sociales se mantuvieron. La aspiración de igualar a la sociedad ante la muerte, fue un esfuerzo ilustrado para volver a la humildad y pureza de costumbres cristianas,
Aunque el sentir de los románticos ilustrados que le daba base, no cifraba tal homenaje exclusivamente en la conquista del sepulcro individual sino también igualitario , para que cancelara en su humildad todas las diferencias sociales, y brindara efectivamente el mismo homenaje de respeto y veneración a todos los difuntos sin hacer diferencias sociales en su tratamiento, aspiración efímera e idealismo que claudicó ante la nueva corriente ilustrada positiva o utilitarista que nivel nacional estuvo a cargo de la fundación de cementerios civiles y que impuso sin más trámite ni resistencia la fosa común para los insolventes, en cuya cancelación estuvieron tan interesados los primeros ilustrados, precisamente por su indignidad.
En los cementerios civiles se canceló la selección moral que hacía la iglesia, pero se mantuvieron las diferencias sociales, y todavía se subrayaron más, al hacer distinciones entre categorías, mediante muros, verjas o por lo menos por cortinas compuestas de árboles, que agruparon a los semejantes y preservaron las diferencias entre grupos sociales hasta en la muerte. Las autoridades civiles que impulsaron la secularización se propusieron darles un lugar digno de sepultura a las personas excluídas de los camposantos cristianos, cualquiera que fuera el motivo de su exclusión.
Al respecto del tratamiento funerario de los extranjeros, la segunda mitad del siglo XIX recorrió la mayor distancia ideológica, al pasar de destinarlos de un cementerio en desuso, a la de concentrarlos en áreas especiales al lado de toda la sociedad urbana. Al colocarlos en un panteón higiénico, moderno y dotado de todos los beneficios contemporáneos, incluyendo las ventajas sociales del prestigio, y las estéticas y arquitéctonicas de la solemnidad y del respeto debido a los muertos impulsadas por el Estado.

[1] Arturo Chavez Hayhoe. op. cit., t. I, pp. 30, 13.
[2] Archivo Histórico del Arzobispado de Guadalajara en adelante, AHAG. Caja: 1. Carpeta: 1840- 1849. Sección: Gobierno. Serie: Sacramentos/ Inhumaciones. Años: 1780- 1960, exps. 10. Guadalajara, mayo de 1844.
[3] A la vuelta de un año el cadáver de Andrés Rojas alcanzó una decisión favorable, El argumento jurídico a favor de su traslado a una sepultura eclesiástica decía lo siguiente: “Murillo de conformidad con lo mandado en el capítulo 11 de Sepulturis, dice, que el que se da la muerte en un acceso de furor o demencia, debe sepultarse en Sagrado, porque cuando menos hay la duda, y en caso de duda no se presume el delito.” AHAG. Caja: 1. Carpeta: 1840- 1849. Sección: Gobierno. Serie: Sacramentos/ Inhumaciones. Años: 1780- 1960, exps. 10. Guadalajara, junio de 1847.
[4] “Al que se suicida no se le da sepultura eclesiástica cuando notoriamente consta que en el hecho se procedió con deliberada premeditación ya porque pueda haber sido muerto por otra persona o porque haya sido un efecto de su demencia.” Padre Murillo. Libro III, tit. 28. Mencionado en el juicio por sepultura eclesiástica del joven Tomás Guerrero. Guadalajara, diciembre 8 de 1847. AHAG. Caja: 1. Sección: Gobierno. Serie: Sacramentos/ Inhumaciones. Años: 1780- 1960, exps. 10.

[5] Elena Álvarez Toscano. Y Salvador Díaz. El panteón de Belén. Historia, arquitectura e iconología. México: Secretaría de Cultura Jalisco, 2002, p. 43 es nota 171. “Al hacer la prospección visual y el levantamiento arquitectónico se hace evidente que las galerías norte y poniente continuarían al oriente y sur respectivamente , es decir que se pensó el edificio con cuatro galerías con gavetas …”.
[6] Manuel Dublán y José María Lozano. Legislación mexicana completa de las disposiciones legislativas expedidas desde la Independencia. t. II, pp. 647- 650.
[7] La lápida 12 no existe como puede constatarse en la foto, quizás solamente se averió, aunque también es posible que haya sido excluído por la Iglesia posteriormente. En ese caso habría dado lugar a un ritual de reconciliación, que iniciaba precisamente con la acción de arrojar el cadáver fuera de la sepultura, y fuera del cementerio. Así ocurrió en la Guerra de Reforma con el cuerpo del Coronel Antonio Bravo: “retirado nuestro ejército de esa capital los clérigos dueños de la gaveta y cuyo alquiler en virtud de las circunstancias no pudo ser pagado,no tuvieron empacho en profanar aquel cadáver, tirándolo por el suelo, porque no se habían pagado 25 pesos… Los restos mortales del Señór Coronel Bravo se recogieron sin embargo por sus amigos y están depositados donde no volveran a ser profanados.” Manuel Cambre. La Guerra de Tres Años. Apuntes para la historia de la Reforma. Guadalajara: Universidad de Guadalajara, 1986, p. 404.
[8] AHJ. B- 2- 865, Años 1855- 1869,Caja 54, Expedientes 43, inv. 4638. Correspondencia fechada en Guadalajara, el 23 de abril de 1865. Del Oficial Mayor de la Secretaría al señor Vicente Romero Administrador General de los Establecimientos de Beneficencia.
[9] AHJ. B- 2- 865, Años 1855- 1869,Caja 54, Expedientes 43, inv. 387. Es borrador como otros que aparecen en las mismos expedientes, tiene tachados los dos parrafos sobre la propuesta y el de la solicitud de abrir el camposanto del Agua Escondida para otros cultos.
[10] Ramiro Villaseñor y Villaseñor. Epigrafía del Panteón de Belén. Guadalajara: UNED, 1985, p. 159- 160.
[11] “Las obras del nuevo cementerio se ejecutaron con actividad para clausurar el antiguo lo más pronto posible.” Aída Urzúa Orozco y Gilberto Hernández Z. Jalisco, testimonio de sus gobernantes. México: UNED, 1988 (Colección Historia, Serie Documentos e Investigación) 6 tomos., t. II, p. 303.
[12] Isabel Eugenia Méndez Fausto. Lugares y Actitudes. La muerte en la ciudad de Guadalajara, siglos XVIII y XIX. Tesis de Maestría, Universidad de Guadalajara, 2004.
[13] Al menos así lo denominó el obispo Diego Aranda al organizar el pago de aranceles parroquiales en Belén conforme a la organización que impuso de seis clases o tramos distintos para sepulturas .AHAG. Caja: 1. Carpeta: 1807. Sección: Gobierno. Serie: Parroquias Urbanas/ Mexicaltzingo. Años: 1713- 1870, exps. 35. Circular sobre derechos de fábrica. Obispo Aranda 1845.
[14] El Código Sanitario de la ciudad de México correspondiente a 1891 en su artículo 235 prohibió la inhumación en nichos. “En ningún cementerio se permitirá la inhumación de cadáveres en nichos, sino que se hará precisamente en el suelo”. Manuel Dublán y José María Lozano. Legislación mexicana completa de las disposiciones legislativas expedidas desde la Independencia. t. II, pp. 647- 650.
[15] “En los panteones civiles se canceló la selección moral que impuso la Iglesia multise-cularmente, pero se resaltaron las diferencias sociales, la exclusión más tajante se demostró en la organización de los panteones en dos patios, “el de los pobres” y “el de dignidad”, y en la subsiguiente organización de cada patio en diferentes secciones que reprodujeron los tramos preexistentes en las iglesias, y todavía se subrayaron las diferencias entre ellas, me-diante muros, verjas o por lo menos cortinas compuestas de árboles, que agruparon a los semejantes y preservaron las diferencias entre grupos sociales hasta en la muerte.” Isabel Eugenia Méndez Fausto. Op. cit., p. 363.

[16] Carlos María Colina Rubio. Novena Carta Pastoral. pp. 21-22.
[17] Circular del Gobierno Eclesiástico de Guadalajara. Obispo Pedro Espinosa, Septiembre 25 de 1859, p. 5.
[18] AHAG. Circular del Gobierno Eclesiástico de Guadalajara. Obispo Pedro Espinosa. Septiembre 23 de 1859, p. 5.
[19] Ibidem.

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